top of page

Nuevas reglas para la compra de combustible

Foto del escritor: certyca
certyca
hace 3 horas
2 min de lectura

La Comisión Nacional de Energía publicó nuevas disposiciones para las empresas que comercializan petrolíferos y, aunque las obligaciones principales recaen sobre los proveedores, también tendrán efectos directos sobre las empresas que compran diésel o gasolina para autoconsumo.


📅 Publicación: 5 de noviembre de 2026

📄 Fuente: Diario Oficial de la Federación (DOF)

“Acuerdo de la Comisión Nacional de Energía por el que se expiden las Disposiciones Administrativas de Carácter General que regulan la actividad de comercialización de gas natural, petrolíferos, gas licuado de petróleo y petroquímicos.”


*¿Qué cambia?*

✅ Tu proveedor deberá verificar que cuentes con el Registro o permiso que corresponda, cuando tu actividad esté sujeta a autorización.

✅ La relación comercial deberá estar respaldada mediante un contrato que identifique el producto, volumen, punto de entrega, destino y uso del combustible.

✅ Si eres usuario final, el contrato deberá establecer para qué utilizarás el combustible y que éste no será comercializado a terceros sin el permiso correspondiente.

✅ El comercializador deberá registrar sus contratos con clientes ante la CNE y cada operación podrá quedar vinculada mediante un ContratoId.

✅ La autoridad busca que pueda seguirse la ruta del combustible desde su origen hasta el consumo final.


Esto significa que cada vez será más importante que exista congruencia entre:


*Proveedor → Permiso → Contrato → Factura → Carta Porte → Transporte → Instalación → Volumen recibido → Consumo final*


*⚠️ Para las empresas de autoconsumo, ya no bastará con decir: “tengo factura del combustible”.*


La operación deberá poder demostrar documentalmente quién lo vendió, qué producto fue, quién lo transportó, dónde se entregó, qué volumen se recibió y cuál fue su destino final.

Por ello, si tu empresa cuenta con tanques para abastecer su propia flotilla o maquinaria, conviene revisar:


📌 Registro o situación regulatoria de la instalación.

📌 Contrato con el proveedor.

📌 Permisos del proveedor y transporte.

📌 Facturación y Carta Porte.

📌 Recepciones e inventarios.

📌 Consumos y vehículos abastecidos.

📌 Expediente de trazabilidad del combustible.


La nueva regulación está conectando cada vez más al proveedor con su cliente y cada compra con su destino final.

Comentarios


bottom of page