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NUEVA OBLIGACIÓN SAT: Certificación para empresas que consumen altas cantidades de hidrocarburos

  • Foto del escritor: certyca
    certyca
  • 8 abr
  • 1 Min. de lectura

Actualizado: 15 abr

La obligación está establecida en el Artículo 28, fracción I, inciso B del Código Fiscal de la Federación, que establece que: “Los contribuyentes que adquieran, enajenen o consuman hidrocarburos o petrolíferos deberán llevar controles volumétricos...”, sin permiso de la CNE pero que  consuman más de 75 mil litros de diésel, gasolina , gas LP o combinación, así como gas natural en consumos de más de 5000 Gigajouls al año.

 



 ¿En qué consiste la obligación?

  • Medición precisa y continua del volumen de combustibles almacenados y consumidos.

  • Calibración y verificación periódica de los equipos de medición.

  • Trazabilidad del combustible desde su compra hasta su consumo.

  • Registro automático mediante software certificado.

  • Emisión de reportes volumétricos mensuales en formato JSON ante el SAT.

  • Certificación de controles volumétricos.


 ¿Qué ofrecemos?

En Cértyca proporcionamos una solución integral y personalizada, que incluye:

  • Diagnóstico normativo sin costo.

  • Acompañamiento técnico y fiscal ante requerimientos de la autoridad.

  • Dimensión de inversión en infraestructura y servicios asociados a medidores, sondas, tanques, dispensarios, y software de control volumétrico.

  • Generación y validación de archivos JSON

  • Certificación  conforme a Anexo 30 y 31.

 

 ¿Por qué es importante cumplir?

  • Evita sanciones económicas por incumplimiento.

  • Previene auditorías fiscales y observaciones por parte del SAT.

  • Asegura la continuidad operativa y legal de su empresa.

  • Mejora el control interno de sus consumos de combustible.

 

Si tiene alguna duda acerca de nuestros servicios no dude en contactarnos para agendar una cita y presentarle una propuesta alineada a sus necesidades.


Whatsapp: 6672 64 77 93  

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