NUEVA OBLIGACIÓN SAT: Certificación para empresas que consumen altas cantidades de hidrocarburos
- certyca
- 8 abr
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Actualizado: 15 abr
La obligación está establecida en el Artículo 28, fracción I, inciso B del Código Fiscal de la Federación, que establece que: “Los contribuyentes que adquieran, enajenen o consuman hidrocarburos o petrolíferos deberán llevar controles volumétricos...”, sin permiso de la CNE pero que consuman más de 75 mil litros de diésel, gasolina , gas LP o combinación, así como gas natural en consumos de más de 5000 Gigajouls al año.

¿En qué consiste la obligación?
Medición precisa y continua del volumen de combustibles almacenados y consumidos.
Calibración y verificación periódica de los equipos de medición.
Trazabilidad del combustible desde su compra hasta su consumo.
Registro automático mediante software certificado.
Emisión de reportes volumétricos mensuales en formato JSON ante el SAT.
Certificación de controles volumétricos.
¿Qué ofrecemos?
En Cértyca proporcionamos una solución integral y personalizada, que incluye:
Diagnóstico normativo sin costo.
Acompañamiento técnico y fiscal ante requerimientos de la autoridad.
Dimensión de inversión en infraestructura y servicios asociados a medidores, sondas, tanques, dispensarios, y software de control volumétrico.
Generación y validación de archivos JSON
Certificación conforme a Anexo 30 y 31.
¿Por qué es importante cumplir?
Evita sanciones económicas por incumplimiento.
Previene auditorías fiscales y observaciones por parte del SAT.
Asegura la continuidad operativa y legal de su empresa.
Mejora el control interno de sus consumos de combustible.
Si tiene alguna duda acerca de nuestros servicios no dude en contactarnos para agendar una cita y presentarle una propuesta alineada a sus necesidades.
Whatsapp: 6672 64 77 93
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